Derecho a la herencia de hermanos
Los expertos de Pf&asociados responden la siguiente cuestión: "Mi hermana, fallece soltera y sin hijos, dos años antes que mi madre. Deja en testamento su herencia a otra hermana y su heredero, ya que también falleció. ¿Tengo derecho a parte de la legítima de mi madre? Si quedamos tres hermanos, ¿qué porcentaje nos correspondería a cada uno ? Gracias.
Dado que cuando fallece su hermana, ésta había otorgado testamento en el que expresaba que su herencia sería para su otra hermana y para el hijo de ésta ambos fallecidos Si es así y al fallecimiento de su hermana su madre está viva, ésta es heredera forzosa, por lo que tiene derecho a la legítima establecida para este caso en la mitad del haber hereditario. Sin embargo dependerá de la validez del testamento
La otra mitad de la herencia de su hermana, será repartida entre el resto de herederos más próximos en grado, en este caso los tres hermanos a partes iguales.
Sin embargo, esta respuesta hay que tomarla con la mayor cautela ya que es necesario para poder confiarmarla poder ver el testamento (pues puede estar vulnerando la legítima y en este caso no podríamos aplicarlo) y tener muy claro quienes han fallecido y en qué fechas ya que la respuesta puede variar sustancialmente.
Si lo desea puede volver a consultarnos para atender su pregunta lo mejor posible.
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