Necesidad de acudir al notario

Los expertos de Pf&asociados responden la siguiente cuestión: "Soy de Galicia, mi suegro hizo un apartamiento en favor de mi cuñado, cuando murió le dejó a mi marido la casa en la que vivíamos y de los dos nichos que tenía, le dejó uno a mi marido y el otro a mi cuñado. Al ser mi marido el único heredero, salvo el nicho que le dejó a mi cuñado, tenemos que hacer escritura notarial de heredero, o se puede registrar la casa sin necesidad de ir al Notario"

Para poder inscribir la titularidad del bien inmueble a nombre de su marido, será necesario una escritura pública que establezca que la titularidad de la vivienda es 100% de su marido. De esta manera podrá inscribirse en el registro de la propiedad. En cualquier caso, hay que tramitar la herencia de su suegro, teniendo en cuenta que los dwerechos de su cuñado en caso de tener hijos, pasarán a éstos.

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