CRÉDITO ESPECIAL
Hipoteca inversa: un piso a cambio de una renta
El 87% de los españoles de más de 65 años tienen un piso en propiedad y, sin embargo, muchos de ellos tienen poco dinero en metálico. Son "ricos", pero les falta liquidez. Para todos ellos, la hipoteca inversa ofrece la posibilidad de convertir el patrimonio en renta y, por tanto, de mejorar su calidad de vida.
Una hipoteca inversa es un crédito hipotecario especial, destinado a mayores de 65 años o personas dependientes, y que viven en una casa de su propiedad, libre de cargas. Les permite percibir una cantidad mensual complementaria a su pensión, durante un tiempo limitado o de por vida, y todo ello, con la ventaja de que conservan la propiedad y el uso del inmueble mientras vivan y sin que los herederos pierdan sus derechos.
Se trata, por tanto, de lo contrario a lo que entendemos habitualmente como hipoteca. Es decir, si popularmente un hipoteca se entiende como una "compra a plazos" de la vivienda, esta operación se explicaría como "ir recibiendo a plazos el dinero que se obtendría de la venta de la vivienda" pudiendo continuar viviendo en ella hasta el fallecimiento, momento en que la entidad financiera se queda con la misma.
Habitualmente al celebrarse un contrato de estás características se ofrece la posibilidad de cobrar una suma puntual inicial, destinada generalmente a pagar los gastos originados por la celebración del contrato, hacer mejoras, reformas en la vivienda o cuestiones similares. A partir de ese momento se cobrarán cantidades periódicas que, en el caso de algunas de las entidades financieras españolas que lo realizan, pueden llegar al 90% de la tasación inicial de la vivienda.
Renta temporal o vitalicia
Habrá que decidir también si se prefiere recibir una renta temporal, es decir una cantidad económica durante un tiempo determinado o si, por el contrario, se prefiere la posibilidad de obtener una renta vitalicia (es decir, continuar cobrando mientras se viva), en este caso lo que se estará realizando es una operación financiera y la contratación de un seguro que garantice una cobertura vitalicia. En el caso de optar por esta segunda opción, es evidente que las cantidades económicas periódicas que se van a obtener serán menores (pues como es obvio, la entidad procurará que en ningún caso el beneficiario obtenga más dinero que el valor del inmueble).
Evidentemente la edad y la esperanza de vida son factores muy a tener en cuenta a la hora de optar entre renta temporal y vitalicia. Las primeras son las más recomendables cuanto más avanzada sea la edad del receptor, mientras que las segundas son las más idóneas cuando la esperanza de vida es todavía elevada.
Tratamiento fiscal
La principal ventaja de la "hipoteca inversa" frente a otro tipo de operaciones similares, es su mejor tratamiento fiscal, pues es la menos gravosa de las operaciones que aquí se relatan, ya que la renta que percibe el mayor no tributa. Además, también puede ser percibido como positivo el que la persona mayor conserve la posesión y la propiedad, pudiendo continuar viviendo en ella, e incluso trasmitirla por herencia (aunque con cargas).
Al fallecimiento de la persona que contrató la hipoteca inversa, suele existir la posibilidad de que los herederos tengan un plazo para decidir si prefieren que la entidad financiera venda la vivienda y recupere así el dinero que el fallecido obtuvo gracias a la hipoteca (pudiendo obtener el dinero restante de la venta ,en caso que fuera superior a la suma del dinero desembolsado por la entidad financiera teniendo en cuenta los intereses) o pagar los herederos esa cantidad y liberar así a la vivienda de su carga, pudiendo heredarla como cualquier otro bien.
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