¿Cómo testar a favor de una ONG aún teniendo hijos?
"¿Se puede testar a favor de Entidades teniendo hijos? ¿Estas Entidades tendrán que dar la legítima a los hijos?" Los expertos de Wills&Laws responden esta pregunta.
Hay que respetar las legítimas de los hijos siempre. Es decir, si en su caso es aplicable el derecho común español, le corresponde a los hijos dos tercios de la masa hereditaria.
Estos dos tercios se dividen en un tercio de legítima estricta que hay que dejar a todos los hijos, y el tercio de mejora que no es obligatorio dejar a todos los hijos pero si a alguno o varios.
Lo único que se puede dejar a terceros es el tercio de libre disposición.
Si se deja en testamento toda la masa hereditaria a terceros no hijos, habiéndolos, no se podrá adjudicar la herencia a no ser que los hijos renunciasen a la misma.
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