¿Cuál es el plazo para reclamar una herencia a la que se renunció?
"Nuestra madre ha fallecido y ha dejado unos bienes en herencia. Uno de nuestros hermanos, con el que no tenemos casi contacto, nos ha dicho que no le interesa aceptarla y que renuncia a ella. Nuestra duda es si existe un plazo, a partir de que recibamos la herencia los demás hermanos, en que posibles deudores que él tuviera ya no podrían reclamarnos la parte que él ha rechazado, incluido el propio Ministerio de Hacienda. La idea es, si existiera ese plazo, tener en reserva esa parte por si nos la reclamase alguien, hasta que el mencionado plazo expirase y entonces poder disponer de ese dinero sin preocupaciones. " Los expertos de Wills&Laws responden esta pregunta.
Si su hermano renuncia a la herencia teniendo acreedores, a quienes reclamarán esos acreedores será a su hermano quien habrá renunciado en fraude de los mismos haciendo un levantamiento de bienes.
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