Reclamar dinero gastado en un piso
"Tengo dos hermanos y mi padre es viudo, vive conmigo 11 años y sus bienes consisten en dinero el cual quiere dárselo a mi hijo para comprarle un piso con la condición que se haga cargo de él mientras viva. Mi pregunta es: ¿pueden reclamar mis hermanos cuando mi padre fallezca parte del dinero gastado en la compra del piso?"
Los hermanos que vean dañada su legítima podrán reclamar el dinero entregado al nieto como una donación inoficiosa (en lo que exceda de la cuantía legitimaria). Asimismo las donaciones colacionables son reintegradas en la masa hereditaria a fin de calcular la porción de cada heredero, por lo que les recomiendo que acudan a un Notario para que la escritura de donación conste que el dinero que se integra NO es colacionable. Esta escritura tendrá que ser liquidada ante hacienda.
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