Reclamar parte de un herencia entregada en vida

"Mi madre le ha dado en vida el piso a mi hermano y quería saber si yo podría reclamar algo de ese piso." Los expertos de Wills&Laws responden esta pregunta.

Para poder reclamar las donaciones realizadas en vida por los padres, solamente se podrá hacer en caso de que en la escritura de donación se establezca que la misma es colacionable, es decir, ha de reintegrarse en la masa hereditaria una vez fallecida o en caso de no ser así, se podrá reclamar en el momento del fallecimiento si al hacer el cómputo de las legítimas, dicha donación perjudica las mismas, lo que se llama una donacióm inoficiosa.

Artículo recomendado

Buscador gratuito de residencias

Buscador gratuito de residencias

Encuentra la residencia que encaja con tus necesidades. Puedes filtrar por preferencias, ver los servicios y fotos de cada centro e incluso contactar...

Comentarios