Cómo ceder la pensión de jubilación a un familiar

Cómo ceder la pensión de jubilación a un familiar

La pensión de jubilación se puede ceder a un familiar en caso de fallecimiento, pero no es una opción a la que pueda acceder todo el mundo. Conoce los requisitos.

Se le llama pensión a favor de familiares y consiste en esa pensión (o más bien un porcentaje de ella) que se cede a algún miembro de la familia tras el fallecimiento del titular de la pensión de jubilación. Como te puedes imaginar, se trata de casos excepcionales y por norma general las pensiones ni se heredan ni se ceden. Únicamente en los casos en los que el familiar dependiera de esa pensión y no cobre ninguna otra prestación se puede utilizar este recurso. ¿Quieres saber en qué consiste?

A qué familiar puedes ceder la pensión de jubilación

La pensión de jubilación se puede ceder tras el fallecimiento en el caso de que esos familiares hayan convivido con el titular de la pensión y hayan dependido económicamente de esa pensión. Por orden de preferencia se establece que los primeros beneficiarios de esa pensión serían los nietos y hermanos menores de 18 años o mayores incapacitados que no tengan ingresos o que no superen el Salario Mínimo Interprofesional.

Siguiendo el orden de prioridades, los siguientes que pueden acceder a esta pensión a favor de familiares son los padres y abuelos de la persona fallecida. Aunque si la persona a la que se quiere ceder la pensión está cobrando una pensión de viudedad, por ejemplo, no se puede hacer. Y en tercer lugar se encuentran los hijos y de nuevo los hermanos del fallecido que tengan más de 45 años y que hayan estado dedicándose al cuidado de esa persona.

Entre los requisitos para acceder a este tipo de pensión a favor de familiares se encuentra haber convivido con el pensionista dependiendo económicamente de él durante al menos los dos años anteriores al fallecimiento y no tener ingresos ni algún tipo de prestación o pensión. Se insiste especialmente en este punto porque la persona beneficiaria no puede tener ningún ingreso de ningún tipo, ni de rentas de trabajo, ni de prestaciones sociales, ni de aportaciones de planes de pensiones.

Por último, hay que aclarar que esta pensión cedida se cobra igualmente en 12 mensualidades y con 2 pagas extra al año, pero no se percibe la cuantía completa de la pensión, sino únicamente el 20 % de la base reguladora. Se trata, al fin y al cabo, de un mecanismo excepcional para garantizar la subsistencia de los familiares que el pensionista tenía a su cargo.

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