¿Conoces tus derechos y obligaciones como jubilado?
Con la jubilación adquieres una serie de derechos, pero también algunas obligaciones. ¿Conoces tus obligaciones como jubilado?
La jubilación supone una nueva etapa vital pero que no está exenta de trámites burocráticos. Y no nos referimos únicamente al proceso de solicitar la pensión de jubilación. Todos los jubilados tienen una serie de derechos, pero también unas cuantas obligaciones que no todo el mundo conoce. Y cuidado, porque se conocen algunos casos en los que te pueden quitar la pensión de jubilación por no cumplir con esas obligaciones.
Derechos y obligaciones de los jubilados
Como cualquier ciudadano, los jubilados tienen sus derechos y sus obligaciones. Parece que el fin de la vida laboral conlleva pasar de alguna manera a una tierra de nadie donde esas obligaciones no son necesarias, pero no es así. Sin embargo, veamos primero los derechos de los jubilados, porque es cierto que no todos son tan conocidos como el propio derecho al cobro de la pensión de jubilación.
En efecto, recibir la pensión de jubilación mensualmente según la modalidad de cobro que se haya elegido y cobrarla en 14 pagas, dos de ellas las famosas pagas extra, es el derecho más conocido de los jubilados. Pero también tienen derecho los jubilados a asistencia sanitaria gratuita, tanto en España como en toda Europa si se solicita la tarjeta sanitaria europea. Hasta aquí los derechos de los jubilados de los que todos somos conscientes.
Pero los jubilados también tienen derecho a percibir otro tipo de prestaciones, siempre que sean compatibles con su pensión de jubilación. Y también tienen derecho a utilizar los servicios complementarios de la Seguridad Social, como orientación a pensionistas, servicios de ayuda a domicilio o programas de vacaciones, entre otros. ¿Y qué pasa con las obligaciones? Porque también existen obligaciones para los jubilados.
Entre estas obligaciones de los jubilados se encuentra, por ejemplo, la obligación de hacer la declaración de la renta, aunque eso depende de las rentas y de la cuantía de la pensión. Pero todos los jubilados están obligados a comunicar a la Seguridad Social cualquier cambio que se produzca desde que se solicitó la pensión de jubilación, como cambio de domicilio, cambio en el estado civil, nacimientos, defunciones, el cobro de otras pensiones nacionales o extranjeras o el inicio de actividades laborales.
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