Subsidios en caso de minusvalía

El sistema especial de prestaciones establecido en la Ley de Integración Social de los Minusválidos (Lismi) establece un conjunto de prestaciones económicas y de prestaciones técnicas, destinados a la protección de las personas discapacitadas que, por no desarrollar actividad laboral, no están comprendidas en el campo de aplicación de la Seguridad Social.

El Estado garantiza la prevención, los cuidados médicos y psicológicos, la rehabilitación y los recursos económicos a todas las personas con discapacidad física, intelectual o sensorial, mediante una serie de subsidios, compatibles entre sí, pero incompatibles con otras prestaciones públicas cuando estas sean superiores en cuantía. Para acceder a los mismos es preciso tener la ciudadanía española o tener establecida la residencia legal en España.
Con independencia de los subsidios de Garantía de Ingresos Mínimos (SGIM) y de Ayuda de Tercera Persona (SATP), suprimidos ambos en 1994, hoy es posible solicitar los siguientes:
• Asistencia Sanitaria y Prestación Farmacéutica (ASPF). Para tener derecho a ella es preciso, entre otras cosas, no estar comprendido en el campo de aplicación del sistema de la Seguridad Social por no desarrollar actividad laboral y tener un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
• Subsidio de Movilidad y Compensación por Gastos de Transporte (SMGT). Para solicitarlo es preciso no desarrollar actividad laboral ni ser beneficiario de otras ayudas de análoga naturaleza. Se exige además no superar el nivel de recursos económicos personales y/o familiares del 70%, en cómputo anual del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), vigente en cada momento. En el supuesto de que el beneficiario tenga personas a su cargo o dependa de una unidad familiar dicho importe se incrementará en un 10%, por cada miembro distinto del beneficiario hasta el tope máximo del 100% del citado salario. Cada año este subsidio se revaloriza.

Para más información: Subdirección General de Gestión del Imserso. Área de Prestaciones Económicas. Avda. de la Ilustración, s/n. 28029 Madrid. Teléfonos: 900 406 080 y 913 638 888. Correo-e: buzon@imserso.es

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