Los cambios que debes notificar para que no te quiten la pensión de jubilación
Si estás jubilado y haces algunos cambios en tu vida, debes notificarlo a la Seguridad Social para que no te cancelen la pensión de jubilación.
A lo largo de la vida nuestra situación y nuestras circunstancias van cambiando. Se podría pensar que algunos de esos cambios pertenecen al ámbito personal y por lo tanto no es de interés para las Administraciones Públicas, pero no siempre es así. Desde la Seguridad Social advierten de que algunos cambios en los datos personales y financieros pueden dar lugar a la suspensión de la pensión de jubilación. ¿Y cuáles son esos cambios que debes notificar a la Seguridad Social para no tener un disgusto con tu pensión?
Qué cambios hay que notificar a la Seguridad Social
Uno de los cambios que no presentan mayor complicación y que el propio usuario es consciente de que debe notificarlo es el de la cuenta bancaria. Obviamente, si cambias de banco, tendrás que notificarlo a la Seguridad Social para seguir recibiendo tu pensión todos los meses. Y es una notificación que puedes hacer desde la sede electrónica o pidiendo cita previa para acudir de forma presencial a una de las oficinas de la Seguridad Social.
Hasta aquí todo está bastante claro. Pero es que hay otro tipo de cambios que la Seguridad Social insiste en conocer. Cambios tan personales como tu estado civil, si te divorcias, si te vuelves a casar, si tu pareja muere, si tienes hijos... Y por supuesto también hay que avisar de un cambio de domicilio, tanto del domicilio personal como del domicilio fiscal, que no siempre son coincidentes.
Otros cambios a notificar para no poner en riesgo el cobro de tu pensión tienen que ver con las modificaciones en la situación económica como rentas de trabajo, cobro de pensiones del extranjero, cobro de otras prestaciones sociales o incluso el inicio de una actividad económica para esos casos en los que a pesar de estar jubilado necesitas volver al mercado laboral para complementar tu pensión.
Es importante conocer esta obligación de los jubilados porque pueden suspenderte temporalmente la pensión y en algunos casos también pueden sancionarte con una multa. Los cambios se deben notificar en los 30 días siguientes y si te llega la sanción, puede que te quedes sin alguna mensualidad, pero siempre puedes corregir la situación aportando la documentación que te piden con la información correcta.
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