¿Qué es la conmutación del usufructo del viudo?

¿Qué es la conmutación del usufructo del viudo?

En los casos de segundas nupcias o de matrimonios en los que uno de los cónyuges tiene hijos de relaciones anteriores, es frecuente que se planteen problemas con el usufructo del viudo/a y los derechos de los hijos, nudos propietarios de los bienes.

Para evitar problemas derivados de situaciones familiares peculiares, el ordenamiento jurídico concede a los herederos la posibilidad de conmutar el usufructo que corresponde al cónyuge viudo mediante la adjudicación de bienes en propiedad o con la entrega de una suma de dinero.

De esta forma, «los herederos podrán satisfacer al cónyuge su parte de usufructo, asignándole una renta vitalicia, los productos de determinados bienes, o un capital en efectivo, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

La doctrina entiende que los herederos pueden, cada uno de ellos, pedir la conmutación de la parte que le corresponda, al menos cuando cada uno de los herederos haya recibido bienes diferentes. Si el usufructo recae sobre una cosa cuya titularidad pertenece a varios herederos, entonces la cancelación del usufructo constituye un acto de disposición que requiere el consentimiento de todos los herederos.

Esta opción de conmutación del usufructo universal se puede ejercer en el plazo de un año a contar de la muerte del causante.

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Comentarios (4)

sahra
22 mayo 2017 01:08
Mi esposo, alemàn de nacionalidad, ha fallecido hace 2 meses, estuvimos casados por 10 años y tenemos un niño de 7 años, me gustarìa saber si las 2 señoras de sus 2 divorcios anteriores pueden llegar a recibir también la pensiòn de viudez.?
Mariangeles
30 junio 2016 20:42
DURE CASADA EN ESPAÑAB 6 AÑOS CON UN CATALAN EL DIVORCIADO CON 2 HIJOS MAYORES Y MURIO EN MI PAIS MEXICO EL 9/1/2016 VINO LA HIJA Y EN EL REGISTRO CIVIL PUSIERON EL DOMICILIO CONYUGAL DE LOS 2 DE ESPAÑA COMO ERA DONDE VIVIAMOS LOS DOS PERO SU HIJA ME DIJO QUE SU HERMANO Y ELLA TENDRIAN PROBLEMAS POR LO CUAL YO PERMITI PUSIERAN MI DOMICILIO DE MEXICO EL TENIA UN PISO EN EL CUAL VIVIAMOS YO LE ENTREGUE SUS TARJETA BANCARIAS Y PUES EL TENIA ACCIONES EN UN BANCO TOTAL CREMAMOS SU CUERPO PARA LLEVARLO A BARCELONA PERO ME QUEDE EN EL AEROPUERTO PORQUE ELLA SE MOLESTO PORQUE IRIA MI HIJA DESDE MONTREAL Y DIJO NO PERMITIRIA QUE LLEGARAMOS A CASA DE SU PADRE PORQUE ESTABA SU SOBRINO DE 22 AÑOS Y LE QUITARIAMOS SU ESPACIO POR EL DOLOR QUE TENIA POR LA PERDIDA DE MI MARIDO DECIDI NO IR COMO SE SI TENGO DERECHO A ALGO GRACIAD
Mariangeles
30 junio 2016 20:40
DURE CASADA EN ESPAÑAB 6 AÑOS CON UN CATALAN EL DIVORCIADO CON 2 HIJOS MAYORES Y MURIO EN MI PAIS MEXICO EL 9/1/2016 VINO LA HIJA Y EN EL REGISTRO CIVIL PUSIERON EL DOMICILIO CONYUGAL DE LOS 2 DE ESPAÑA COMO ERA DONDE VIVIAMOS LOS DOS PERO SU HIJA ME DIJO QUE SU HERMANO Y ELLA TENDRIAN PROBLEMAS POR LO CUAL YO PERMITI PUSIERAN MI DOMICILIO DE MEXICO EL TENIA UN PISO EN EL CUAL VIVIAMOS YO LE ENTREGUE SUS TARJETA BANCARIAS Y PUES EL TENIA ACCIONES EN UN BANCO TOTAL CREMAMOS SU CUERPO PARA LLEVARLO A BARCELONA PERO ME QUEDE EN EL AEROPUERTO PORQUE ELLA SE MOLESTO PORQUE IRIA MI HIJA DESDE MONTREAL Y DIJO NO PERMITIRIA QUE LLEGARAMOS A CASA DE SU PADRE PORQUE ESTABA SU SOBRINO DE 22 AÑOS Y LE QUITARIAMOS SU ESPACIO POR EL DOLOR QUE TENIA POR LA PERDIDA DE MI MARIDO DECIDI NO IR COMO SE SI TENGO DERECHO A ALGO GRACIAD
Noelia
04 mayo 2016 16:45
Buenas tardes. Gracias por la explicación . Entonces la conmutación no es más que el hijo de atribuir renta vitalicia o uso vitalicio al cónyuge viudo?

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