Regimenes especiales de pensiones de la Seguridad Social

Regimenes especiales de pensiones de la Seguridad Social

Son aplicables a las siguientes actividades:

? Autónomos.
? Agraria por cuenta ajena.
? Agraria por cuenta propia.
? Trabajadores del mar.
? Minería del carbón.
? Empleados de hogar.

Asimismo, como ya se ha señalado anteriormente, tienen condiciones especiales de jubilación el personal de vuelo, los artistas, ferroviarios y profesionales taurinos.


RÉGIMEN DE CLASES PASIVAS
Actualmente, los funcionarios de la Administración Central del Estado tienen cobertura social en dos planos. En primer lugar, el Régimen de Clases Pasivas, por el que se garantizan las pensiones de jubilación, incapacidad, así como la de viudedad.

En segundo lugar, el Mutualismo Administrativo, gestionado por la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) y la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), que cubre las prestaciones de asistencia sanitaria, subsidio por incapacidad transitoria para el servicio e incapacidad provisional.


¿Quieres saber más sobre la jubilación? Visita nuestra sección Jubilación o lee los siguientes artículos:
PIAS, otra forma de preparar la jubilación
Jubilación anticipada
Replantearse los gastos
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Comentarios (1)

SANTIAGO LOPEZ JAEN
22 junio 2015 15:07
BUENOS DIAS.OS MANDO UN CORDIAL SALUDO.SOY ESPAÑOL.TENGO 65 AÑOS.¿TENGO DERECHO A PENSION?.ME TRAJERON A VENEZUELA A LOS 4 AÑOS,ESTUVE EN ESPAÑA DE LOS 7 A LOS 9.VIVO EN VENEZUELA.SALUDOS.SANTIAGO

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